Me han despedido injustamente ¿Qué hago ahora?
Son numerosas las ocasiones en que escuchamos alguna de estas frases, «Me han despedido sin avisar«, «me han despedido estando de baja o embarazada», o «me han despedido y no me pagan»
Si acaban de despedirte por algún motivo que consideres injusto has de saber que la ley te ampara ante este tipo de situaciones. Continúa leyendo…
De hecho, dispones de una serie de mecanismos que te ayudarán a conseguir la indemnización que realmente mereces. En este sentido has de saber que, en términos jurídicos, a este tipo de situaciones se les denomina como ‘despidos improcedentes’. Vamos a explicarte qué debes hacer si te ves envuelto en uno de ellos:
Plazo máximo de 20 días para presentar una reclamación
Lo primero que has de saber es que dispones de un plazo máximo de 20 días para presentar una reclamación en el juzgado que corresponda, es decir, en el de primera instancia. Por otro lado, debes tener presente que el Estatuto de los Trabajadores recoge una serie de situaciones en las que, de producirse el despido, se considera procedente. Por tanto, basta con que lo revises, a poder ser, acompañado de un abogado laboralista para saber si el motivo por el que ya no tienes trabajo está justificado o no. En cualquier caso, si crees que la causa alegada por la empresa no es justificable, tu demanda será resuelta por un juez que dicte sentencia al respecto.
Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación
El siguiente paso que debes dar es el de acudir al centro del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación más próximo a tu residencia portando los datos de la empresa que te ha despedido, tus datos personales y como trabajador (número de afiliación a la seguridad social, contrato, etc.) y un informe en el que aparezca detalladamente lo que ha sucedido. También has de añadir si el objeto de tu reclamación es ser readmitido en tu puesto o el reconocimiento oficial de que la causa ha sido improcedente.
Posteriormente, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación te citará a ti y a un representante de la empresa en cuestión para que lleguéis a un acuerdo amistoso. Si dicho representante no acude a la cita o, simplemente, se niega a darte la razón, dispondrás de 20 días para formalizar la demanda en el juzgado. Llegados a este punto, la solución al conflicto solo la podrá dictaminar el juez que corresponda.
Si no hay acuerdo, la solución al conflicto la dictaminará un juez
El juez procederá a analizar y a evaluar los hechos acontecidos en función de las pruebas y los documentos proporcionados por las dos partes y, en función de ellas, dictará sentencia. En caso de que no te dé la razón, no tendrás derecho a indemnización ni a reincorporarte a tu puesto de trabajo. En cambio, si lo hace, la empresa estará en la obligación de hacerse cargo de dicha indemnización por despido improcedente y a pagarte las nóminas que correspondan a los meses que hayan transcurrido desde que se produjo el cese de tu contrato hasta el momento de la resolución del conflicto.
Cabe considerar un tercer supuesto, el cual no es otro que el juez considere que el despido sea nulo. Esto sucede, única y exclusivamente, cuando el letrado entiende que el cese del contrato responde a causas que, en la Constitución o en la ley, sean consideradas como discriminatorias al violar libertades públicas del trabajador o algún derecho fundamental. Esto no suele ser muy frecuente pero, en caso de que ocurra, podrás elegir entre la readmisión a tu puesto o el cobro de la indemnización en los términos que ya hemos comentado en el párrafo anterior.